¿Tengo que pagar IRPF de la
indemnización cuando me despide mi empresa?
La semana pasada, un amigo, me
llamó cuando estaba haciendo la Declaración de la Renta. Tenía una duda
cuando apareció la cantidad que le habían pagado la empresa cuando lo
despidieron. ¿tenía que haber pagado IRPF por la cantidad que me dieron por
indemnización por despido?
Tenemos que considerar dos
tipos de indemnizaciones, una es la indemnización por fin de contrato, que es
aquella que nos pagan cuando tenemos un contrato temporal o contrato por obra y
servicio, y normalmente en los convenios establecen una indemnización por días de
trabajo o porcentaje de lo cotizado. En este caso siempre tenemos que pagar IRPF
por esa cantidad que nos dan, es decir, hay que tributar por esa cantidad en el
IRPF.
Y la otra indemnización, se
trata de la indemnización que nos dan por despido, ya sea por despido improcedente
como despido por causas objetivas. En este caso hay un límite de importe por el
que no tenemos que pagar IRPF, es decir, que está exenta. Y ese límite es muy fácil:
cuando la indemnización no supere los 180.000,00€ están exenta, es decir, no
tenemos que pagar IRPF, y cuando supera esos 180.000,00€ de indemnización, solo
tributa la cantidad que supere dicho importe.
- “Pero no nos preocupemos el 99% de nosotros,
según el Ministerio de Hacienda, que no llegamos a esa cantidad”.
Esto fue origen de la última
redacción de las exenciones en el IRPF que se llevó a cabo mediante la Ley
26/2014, de 27 de noviembre. Por que hasta entonces la indemnización por
despido (improcedente u objetivo) estaba exento de tributar en el IRPF.
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