miércoles, 10 de junio de 2015

LAB01: Contratos - Convenios

En relación a una consulta realizada por un amigo, en el que nos preguntaba lo siguiente:


  • ¿cuando se hace un contrato nuevo, puedo yo establecer el importe de lo que vaya a cobrar, siendo distinto a lo que establezca el convenio?
La respuesta, es en principio, NO.

Hay que tener en cuenta varias cosas. Cada contrato hay que especificar, a que convenio se acoge. Por ejemplo, en el contrato 401, Contrato de Trabajo Temporal por Obra y Servicio, en su cláusula número séptima, se debe especificar el convenio al cual se va a acoger. Por lo tanto, nos están dando la obligación de especificar su convenio.

Ahora bien, este convenio puede ser un Convenio Colectivo de Empresa, o bien un Convenio Sectorial, el cual a su vez puede ser estatal o no. 

Por lo tanto, no se puede establecer en el contrato ninguna cláusula donde se especifique que vaya a ganar menos que lo que dice el convenio. Es decir, los salarios mínimos hay que respetarlos. Se puede pactar un salario superior, pero nunca inferior. 

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