JORNADA INTENSIVA: CERRAMOS
A LAS TRES
Ahora con el Verano, muchas
empresas, implantan la jornada intensiva, pero ¿pensamos que es voluntario o es
obligatorio? ¿Pensamos que trabajamos menos horas?
El otro día, un familiar me
dijo que su empresa durante los meses de julio y agosto hace jornada intensiva,
y que tienes más días de jornada intensiva que el año pasado. ¿Por qué?
En un principio, pensamos
que las empresas toman esta opción de manera voluntaria, que también puede
ocurrir. Pero en la mayoría de los casos, la jornada intensiva no es más que la
de adecuación del total de horas que se establece por Convenio Colectivo a lo
largo de la jornada laboral de todo el año, es decir, que por Convenio se
establece cuantas horas tienes que trabajar durante un año, y eso provoca que
si trabajásemos 8 horas diarias (es decir las 40 horas a la semana que establece
como promedio en cómputo anual el Estatuto de Trabajadores), superamos el total
establecido al año.
Por ello, y aprovechando el
periodo estival se reducen en número de horas de trabajo para que al final te
cuadre con el total de horas al año.
Por ejemplo, si tu convenio
dice que tienes que trabajar 1700 horas en el año, ya se pondrán de acuerdo los
sindicatos y la patronal para que al final trabajes las 1700 horas. Si el año
tiene, aproximadamente 223 jornadas de trabajo (quitando los 21 días naturales
de vacaciones) a 8 horas de trabajo, supone 1784 horas. Es decir, supera en 84 horas el
total. Si a eso le ponemos tres puentes, nos quedan 60 horas. A razón de quitar
una hora al día, podríamos tener hasta 2 meses y medio de jornada intensiva.
La verdad que después de todo esto surgen muchas dudas, como por ejemplo ¿que pasa si lo hacemos todos los años de manera voluntaria y en un año lo quita la empresa? ¿qué ocurre si mi empresa quiere hacerlo pero no viene establecido por Convenio? ¿afecta la jornada Intensiva a los contratos a tiempo parcial o reducción de jornada?.