jueves, 17 de septiembre de 2015

¿Cuál es el verdadero tiempo de trabajo para aquellos trabajadores que se desplazan desde su domicilio a los clientes sin tener un centro de trabajo fijo o habitual?

¿Cuál es el verdadero tiempo de trabajo para aquellos trabajadores que se desplazan desde su domicilio a los clientes sin tener un centro de trabajo fijo o habitual?

A principio de este mes de septiembre de 2015, hemos recibido una Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el que los desplazamientos que los trabajadores sin centro de trabajo fijo o habitual entre su domicilio y el primer o el último cliente de la jornada constituye tiempo de trabajo.



Se ha basado en el sentido de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de ordenación del tiempo de trabajo.

Al parecer en el 2011 cerraron todas las oficinas provinciales de la empresa TYCO (Tyco Integrated Security y Tyco Integrated Fire & Security Corporation Servicios) dedicada a la actividad de instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad antirrobo, y fueron adscritos todos sus trabajadores a las oficinas centrales de Madrid.

Los trabajadores no tienen un centro de trabajo fijo, sino que se desplazan diariamente desde su domicilio a los diferentes lugares de trabajo y vuelven a sus casas al finalizar la jornada.

Tyco no consideraba tiempo de trabajo sus desplazamientos desde el domicilio al primer o último cliente del día, sino como tiempo de descanso. Es decir, calculaba la duración de la jornada diaria de trabajo computando el tiempo transcurrido entre la hora de llegada de sus trabajadores al domicilio del primer cliente del día y la hora en que estos trabajadores salían del domicilio del último cliente, por lo tanto, solo se tenía en cuenta el tiempo en que se llevaban a cabo las intervenciones en los domicilios o establecimientos y los desplazamientos intermedios.
Antes de cerrar consideraba tiempo de trabajo desde que salían de la oficina provincial hasta que regresaban.

El Tribunal de Justicia considera que los trabajadores que se encuentran en esta situación están ejerciendo su actividad o sus funciones durante todo el tiempo de esos desplazamientos. Estima que los trabajadores están a disposición del empleador (empresario) durante el tiempo de los desplazamientos.


Hacer lo distinto, advierte el Tribunal, sería contrario al objetivo de la seguridad y la salud de los trabajadores que establece la Directiva europea sobre esta materia. 

viernes, 4 de septiembre de 2015

"PRESENTISMO LABORAL"

"PRESENTISMO LABORAL"

“El 20% de la jornada de un trabajador en España está marcada por una pérdida neta de tiempo, dinero y recursos. Además, el 35% de la misma se dedica a tareas que, aunque son necesarias, no aportan rentabilidad a la empresa”.



Este fue el titular que leí el pasado mes de agosto en un artículo, publicado por EUROPA PRESS, tras un estudio realizado por OBS Business School.

Siempre hemos considerado que la jornada laboral en España en comparación con el resto de los países europeos es superior. Trabajamos unas 232 horas más que la media comunitaria (280 horas más que los alemanes). Por lo que parece, somos el tercer país con la jornada laboral más amplia de toda la UE.

Este estudio se basa en la jornada real que los trabajadores españoles realizan en su trabajo, distinto a la jornada laboral que el Gobierno establece.

A esta consideración tenemos que tener en cuenta que una gran mayoría de trabajadores españoles, no solo respetan su jornada laboral, sino que realizan horas extras, de los cuales más del 60% las hacen por temor a perder su empleo, mientras el resto es por falta de personal.

En un artículo publicado por ANDRÉS DE ESPAÑA (Consejero Delegado de 3dids.com), nos dice que hemos dejado que nuestro horario invada y se extienda en la parte del día que tendríamos que dedicar a la familia y otras actividades privadas. Además algunos trabajadores lo confunden llamándolo “dedicación al trabajo”.

Fue curioso el término que el autor “presentismo laboral”, denominó al permanecer en el trabajo las horas que hagan falta para parecer que estamos comprometidos con la empresa. Encontré opiniones de psicólogos laborales comentando que esto produce sensación mental de ir incorporando paulatinamente esas horas extras al horario de trabajo.

Según esta publicación, los españoles socializamos más en el trabajo que, por ejemplo, ingleses o suecos. Esto nos puede ayudar a pasar de forma más amena horas en la oficina, pero no a ser más productivos.

En el informe de OBS Business School, determina que la motivación no es la única variable en el rendimiento del trabajo, sino que se ve afectado por otros factores como la habilidad y la coordinación entre el equipo. Así, la productividad depende de la organización eficiente del trabajo y de la capacidad de responsabilidad del mismo.

Siempre se ha tenido la creencia en España que cuantas más horas se destinen a estar en la oficina, mejores resultados se obtienen y se es más productivo. Evidentemente NO.

La desconexión durante el año, día a día, es básica para los trabajadores, ya que beneficia el rendimiento en el trabajo, y a su vez, refuerza la vida familiar.

El portal de empleo “Jobandtalent”, y teniendo en cuenta los consejos de Col Newport, profesor de la Universidad de Georgetown, establece una serie de puntos para que los trabajadores sean más productivos sin tener que trabajar más. Entre ellos tenemos:

  • Hacer un horario
  • Hora de salida
  • Centrarse en lo importante
  • Plan semanal
  • Hacer pocas cosas, pero muy bien


Creo que la base de todos estos estudios, consejos, opiniones de expertos, se basa en la organización de la empresa. Mejor dicho, en la propia Empresa. Una buena planificación permitirá alcanzar las metas establecidas, afectando a la motivación, al rendimiento y a los resultados del año; y es la misma empresa la que debe tener en cuenta todos estos principios.

En definitiva, no por trabajar más uno es más productivo. Se sabe que con un buen horario y un buen clima de trabajo, se rinde más.